LA GOBERNADORA DE CAMPECHE CON LOS TRES NIVELES DE GOBIWENO LES TUBA SUS CASATAS A LOS PESCADORES DE CAMPECHE
San francisco de
campeche a 29 de junio del 2026
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DE LA PROFEPA
Avenida Ejército Nacional Mexicano, Número 223, Colonia
Anáhuac, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
contraloriasocial@funcionpublica.gob.mx
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Por este medio y con fundamento en los art.
1,5,8,14,16, 109 fracción 111, art. , 113,de la
constitución y los art.1, 9 , 3031,32,33,34,35,36,37,38,,39 , 42, de la ley federal de
procedimiento administrado y y los art.19,20,
30,31,32,33,34,35,36,37,38,39,40 42,
43, de la Ley de Procedimiento Administrativo
para el Estado y los Municipios de Campeche.
7, fracción 111 , Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores ,
216 de código penal federal , asi como los art. 2,10,11,12,27, del “reglamento para el
uso y el aprovechamiento del mar territorial bien navegables de playa y
zona federal marítima terrestre y de terrenos ganados al mar “ , dependiente de Semarnat y los
artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el artículo
11.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, y criterio REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO O JUSTA
INDEMNIZACIÓN. ESTE DERECHO FUNDAMENTAL QUEDÓ INCORPORADO AL ORDENAMIENTO
JURÍDICO MEXICANO A RAÍZ DE LA REFORMA AL ARTÍCULO 1o. CONSTITUCIONAL,
PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE JUNIO DE 2011. Y la
organismos internacionales como la organización
internacional del trabajo OIT . artículo 63 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos
La PROFEPA Y LA GUARDIA NACIONAL
y la gobernadora del estado de campeche , LAYDA SANSORES SAN ROMAN y junto con los
tres niveles de gobierno , se extralimitaron en sus funciones y cometiendo abuso de autoridad., por que No
se nos notificó de su acto administrativo de gobierno como lo marca la Ley
de Procedimiento Administrativo para el Estado y los Municipios de Campeche y la
ley federal de procedimiento administrado .
A estado amenazándonos que paguemos concesión
, por uso de playa a los pescadores del camino
real campeche, campeche , cuando estamos
en “posesión” de un pedazo de tierra ganada donde la clase política se quedo
con esa tierra y ahora nos ven mal , cuando
el permiso de pesca expedido por
la Conapesca, señala los lugares de arribo de las distintas
pesquerías , así como lo que señala el criterio general del derecho, que dice primero en derecho primero en
atención y los abuelos e hijos y hoy nietos, tiene décadas trabajando en esas zonas ahí que los pescadores de hoy , siempre
han arribado en esos lugares de las costas de Campeche, para descargar y para la venta de sus productos pesqueros en dichas palapas son diseñada para resguardarse
del calor y frío y las lluvias , como bodegas de sus redes, motores y su gasolina.
Asi como el cuidado de los motores , y no llevarlos hasta su casa por cada viaje de pesca
y para el avituallamiento de sus lanchas
y sus artes de pesca, como parte de la
cultura del pueblo de Campeche y fueron
tiradas sin ninguna notificación previa por la profepa y la guardia nacional
entre otras autoridades, por lo que venimos a solicitar a este órganos interno
de control de semarnat para que se investigue
los actos ilegales del titular de la profepa en estado de campeche, todas ves que se configura el abuso de
autoridad y exigimos se finquen responsabilidades administrativas .
el gobierno del estado y
el federal representando por PROFEPA y la gobernadora layda sansores
san roman , dicen que damo mal especto en las costas de las playa
de municipio de campeche , por eso nos quieren despojar de nuestro instrumentos de trabajo que son nuestras bodegas o casitas, y que somos mas 200 ,
pescadores laboramos en esta zona
, por no tener un muelle de arribo , pues los que existen como la dársena
de san francisco ya se privatizo para los
yates
de los funcionarios de esta
administración .
por lo que exigimos al órgano
interno de control de la profepa y la función
pública, que con fundamento en lo que señala el art. 30 ,31, 32,33,34,35,36,37,38,, 42
de la ley federal de procedimientos administrativos se canalicen
nuestra demanda y se finquen responsabilidades administrativas a
dichos funcionarios, como es a la LICDA.
ROSA DEL RUBY ACEVEDO JIMENES ENCARGADA DE DESPACHO DE LA
OFICINA DE REPRESENTACION DE PROTECCIÓN AL AMBIENTAL Y GESTIÓN TERRITORIAL ( ORPA Y GT ) DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DE
PROTECCIÓN AMBIENTAL ( PROFEPA ) EN CAMPECHE
, por violentar el art, 1 , 5, 8,
14,16, de la constitución y el
art.7,fracción 111 de la Ley
Federal de Responsabilidades de los Servidores , art. 216 de código penal
federal , por la coalición de funcionarios para violentar derechos de posesión y nuestro derecho humanos de los pescadores de
campeche, que se respe la ley del derecho al
trabajo , exigimos se nos deje trabajar en dicha zonas , pues
nuestro permisos de pesca federal dela CONAPESCA dicen
donde debemos de arribar nuestra productos pesqueros, primero fuimos los pescadores y ahora nos
intentando despojar de nuestro herramientas de trabajo como
son casitas donde guardamos nuestras herramientas por lo que exigimos
se nos repongan las casa que fueron tiradas de manera arbitraria y de
madrugada fuera de horas laborables , Asi también el costo de nuestra casa se llevaron todos
nuestras instrumentos de trabajo , 120 trampas de cangrejo moro y jaiba , 5 neveras , acumuladores radios cd , virones
de gasolina , pilas de motores , las láminas con costo y materiales mas 15 mil pesos por casa , de cada.
con un costo de
mas 100, 00, 00 cien mil mil
pesos de daños y pre -juicios que generado por estos funcionarios violadores de
la ley ´por lo que espero se repongo el procedimiento y se inhabilidad a dicha
funcionaria v y se nos indemnice por
daños pre -jucio que han generados .
Alberto Manuel pech
chi
Presidente de la
cooperativa lech cay s,c de r.l de c.v y
presidente de la UCD
TANCUCHE CALKINI
CAMPECHE D/ C S/N
JUAN PACHECO MOO
Privada Gabriela
mistral numero 37 av .
Díaz Ordaz
Jose niciolas
amrtinez tuz
Calle 10 numero 43
camino real correo electrónico raulquej@gmail.com
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