denuncia al delegado del imss en campeche por permitir que el personal de las umas de campeche violente el derecho a la salud
San
francisco de Campeche a 23 de
Marzo del 2023
MARÍA ROSARIO PIEDRA IBARRA
PRESIDENTE DE LA CNDH
Por este medio con
fundamento en art. 1 párrafo tercero de la constitución , que
dispone que toda autoridad en el ámbito
de sus funciones tiene la función de promover , respetar , proteger , garantizar los derechos humanos de
conformidad con los principios de universalidad interdependencia ,
indivisibilidad y progresividad , misma que el delgado del imss de Campeche el
c. Dr. José Luis López Macías elegado del imss en Campeche , no están
respetando y no está haciendo que
sus empleados que el administra , cumple con dichos preceptos , pues constantemente violentan el derecho a la salud, así como la dignidad de los
derechohabientes con cáncer del imss de
Campeche .
Por lo que por este
medio y con fundamento en el art.133, a Fracción XVI del artículo 73 8,17, 4,1,
de la constitución, y los artículo 85 Y
109, 242 , 5 A de la ley del seguro social .
art. 2 , LETRE 3 , 4,fracion 111 ,
5, 7, 12, 16, ART. 3 , 4 LETRA 111 , ART. “12” ,68, 70, 84, NUMERO 1,2, ART.94 ,95,96,
98, NUMERAL 3 , ART. , 100 ,101 ,102,103, 112, 151, del REGLAMENTO DE
PRESTACIONES MÉDICAS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL , así
como los art.29,30,31, 42,43, 54,55 de la ley federal de procedimientos
administrativos .
228 BIS 11 del código penal , Art.25 de la declaración
universal de los derechos humanos, art.,8,9,25,
del pacto internacional de los derechos económicos y sociales y
culturales y los art.3 y 4 , 70 de la ley de la CNDH , asi
como el criterio pro -persona de los
derechos humano y control de convencionalidad
.
ARTÍCULO 12 (DERECHO AL NIVEL MAS ALTO A LA SALUD) del PACTO
INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES.
ARTICULOS 03 (DERECHO A LA VIDA Y A LA SEGURIDAD DE SU
PERSONA), 05 (NADIE SERA SOMETIDO A TORTURAS NI TRATOS CRUELES, INHUMANOS O
DEGRADANTES), 07 (DERECHO A LA IGUALDAD ANTE LA LEY, PROTECCION DE LA LEY Y NO
DISCRIMINACION) y 25, párrafo 01 (DERECHO A NVEL ADECUADO DE VIDA, SALUD,
ASISTENCIA MEDICA Y SERVICIOS SOCIALES NECESARIOS), de la DECLARACION DE LOS
DERECHOS HUMANOS.
ARTICULO 10 (TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA SALUD,
ENTENDIDA COMO EL DIFRUTE DEL MAS ALTO NIVEL DE BIENESTAR FISICA, MENTAL Y
SOCIAL) DEL PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS
HUMANOS EN MATERIA DE DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES, “PROTOCOLO DE
SAN SALVADOR”.
ARTICULOS 4 (DERECHO A LA VIDA), 5 (DERECHO A LA INTEGRIDAD
PERSONAL), 11 (DERECHO A LA PROTECCION DE LA HONRA Y DIGNIDAD) Y 24 (IGUALDAD
ANTE LA LEY, NO DISCRIMINACION) de la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS
HUMANOS.
Así como es la recomendación de la CNDH 145/2021 contra el imss, por falta de atención institucional a un
paciente que venía con un cuadro agudo de la vesícula biliar y murió por falta
de atención médica y de no apegarse al protocolo.
SILBIA YANET SANCHOS LUGO , de 50 años NSS
5382-60-1042 con domicilio en calle décimo primera manzana 47 lote 109
fraccionamiento siglo 21 del munición de Campeche , paciente con cáncer de
matriz y otras metástasis, que hasta
hoy se le estado aplicando medidas dilatorias en una
patología, que de la rapidez del
tratamiento , depende la vida del paciente
.
Por este medio seguimos reiterando la necesitad del servicio
para mi esposa toda vez que hay una
serie de negligencias administrativas,
pues no se le está aplicando la quimio terapia, se le esta
aplicando medidas dilatorias que van
contra su vida, como no se le
aplicarle la quimio terapia , por esta muy anémica , porque le están
negando la aplicación de la sangre, pues
ya que se encuentra muy anémica, es
mucho el sufrimiento y la tortura , por lo que le estoy solicitando la intervención de este órgano
autónomo, para realizar las gestiones
administrativas urgentes con los
directivo del imss nacional , que se le
dé el tratamiento, así como los insumos necesarios , para el manejo de esta
patología muy agresiva, pues los
administrativos del imss Campeche nos
están negando dicho servicio, asi como un tratamiento burocrático que va en detrimento de la vida de mi esposa, por lo que
recurro a su alteridad y
empatía, para con el sufrimiento y cese de la tortura , de
mi esposa, en el marco
de su derecho a la salud consagrada en nuestra constitución y los tratados internacionales.
Esperando contar con su alteridad.
Atentamente.
Donato Jaimes Pelayo
número de Cel. 9811168497
Con siguiente
domicilio para oír y escuchar notificaciones en domicilio en calle décimo
primera manzana 47 lote 109 fraccionamiento siglo 21 del municipio de Campeche
Anexo hoja de
referencia del 30 de abril del 2022.
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