denuncia al delegado del imss en campeche por permitir que el personal de las umas de campeche violente el derecho a la salud

 

                                         San francisco de  Campeche a  23  de Marzo  del 2023

MARÍA ROSARIO PIEDRA IBARRA

PRESIDENTE DE LA CNDH

 

 

 Por este medio con fundamento  en art. 1   párrafo tercero de la constitución , que dispone que toda autoridad en el  ámbito de sus funciones tiene la función de promover , respetar , proteger ,  garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad interdependencia , indivisibilidad y progresividad , misma que el delgado del imss de Campeche el c. Dr. José Luis López Macías elegado del imss en Campeche ,  no están  respetando y  no está haciendo que sus  empleados que el administra ,  cumple con dichos preceptos ,  pues constantemente  violentan el derecho a la salud,  así como la dignidad de los derechohabientes  con cáncer del imss de Campeche .

  Por lo que por este medio y con fundamento en el art.133, a Fracción XVI del artículo 73 8,17, 4,1, de la constitución,   y los artículo 85 Y 109, 242 , 5 A de la ley del seguro social .  art. 2 , LETRE 3 , 4,fracion 111 ,  5, 7, 12, 16, ART. 3 , 4 LETRA 111 , ART.  “12” ,68, 70, 84, NUMERO 1,2, ART.94 ,95,96, 98, NUMERAL 3 , ART. , 100 ,101 ,102,103, 112, 151, del REGLAMENTO DE PRESTACIONES MÉDICAS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL  ,  así como los art.29,30,31, 42,43, 54,55 de la ley federal de procedimientos administrativos  .

 228 BIS 11  del código penal , Art.25 de la declaración universal de los derechos humanos, art.,8,9,25,  del pacto internacional de los derechos económicos y sociales y culturales y los art.3 y 4 , 70 de la ley de la CNDH   ,  asi como el criterio pro -persona  de los derechos humano  y control de convencionalidad .

ARTÍCULO 12 (DERECHO AL NIVEL MAS ALTO A LA SALUD) del PACTO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES.

ARTICULOS 03 (DERECHO A LA VIDA Y A LA SEGURIDAD DE SU PERSONA), 05 (NADIE SERA SOMETIDO A TORTURAS NI TRATOS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES), 07 (DERECHO A LA IGUALDAD ANTE LA LEY, PROTECCION DE LA LEY Y NO DISCRIMINACION) y 25, párrafo 01 (DERECHO A NVEL ADECUADO DE VIDA, SALUD, ASISTENCIA MEDICA Y SERVICIOS SOCIALES NECESARIOS), de la DECLARACION DE LOS DERECHOS HUMANOS.

ARTICULO 10 (TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA SALUD, ENTENDIDA COMO EL DIFRUTE DEL MAS ALTO NIVEL DE BIENESTAR FISICA, MENTAL Y SOCIAL) DEL PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS EN MATERIA DE DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES, “PROTOCOLO DE SAN SALVADOR”.

ARTICULOS 4 (DERECHO A LA VIDA), 5 (DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL), 11 (DERECHO A LA PROTECCION DE LA HONRA Y DIGNIDAD) Y 24 (IGUALDAD ANTE LA LEY, NO DISCRIMINACION) de la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.

 

Así como es la recomendación de la CNDH 145/2021  contra el imss,  por falta de atención institucional a un paciente que venía con un cuadro agudo de la vesícula biliar y murió por falta de atención médica y de no apegarse al protocolo.

SILBIA YANET SANCHOS LUGO , de 50 años  NSS  5382-60-1042 con domicilio en calle décimo primera manzana 47 lote 109 fraccionamiento siglo 21 del munición de Campeche , paciente con cáncer de matriz  y otras metástasis, que hasta hoy  se le  estado aplicando medidas dilatorias  en una  patología, que  de la rapidez del tratamiento ,  depende la vida del paciente .

Por este medio seguimos reiterando la necesitad del servicio para mi esposa toda vez que  hay una serie de negligencias administrativas,   pues no se le está aplicando la quimio terapia, se le esta aplicando  medidas dilatorias que van contra su vida,  como no se  le  aplicarle la quimio terapia , por esta muy anémica , porque le están negando la aplicación de la sangre,  pues ya que se encuentra muy anémica,  es mucho el sufrimiento y la tortura , por lo que le estoy  solicitando la intervención de este órgano autónomo,  para realizar las gestiones administrativas urgentes  con los directivo del imss nacional ,   que se le dé el tratamiento, así como los insumos necesarios , para el manejo de esta patología muy agresiva,  pues los administrativos del imss Campeche   nos están negando dicho servicio, asi como un tratamiento burocrático que va  en detrimento de la vida de mi esposa,   por lo que  recurro a su alteridad  y empatía,  para  con el sufrimiento y cese de la tortura , de mi esposa,  en  el marco  de su derecho a la salud consagrada en nuestra constitución   y los tratados internacionales.

Esperando contar con su alteridad.

Atentamente.

 

Donato  Jaimes Pelayo número de Cel. 9811168497

 Con siguiente domicilio para oír y escuchar notificaciones en domicilio en calle décimo primera manzana 47 lote 109 fraccionamiento siglo 21 del municipio de Campeche

 

 Anexo hoja de referencia del 30  de abril del 2022.

 

 

 

 

 

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