A TODO EL PUEBLO DE
DZITBALCHE
Los ejidatarios y ciudadanos de municipio de dzitbalche, estamos
luchando en la construcción de la teoría
organizativa para la resistencias contra el
emporio Porcicola keken de Yucatán, que quieren seguir
expandiendo sus monopolios para vender su carne de cerdo en japon, se está gestando la resistencias del pueblo maya del
municipio de dzitbalche y de calkini ciudadano y ejidatarios consientes
de la lucha por el medio ambiente y el calentamiento global,
y están luchando en la defensa de sus tierras, que le quieren despojar para contaminar el medio ambiente.
Sabemos que Cuentan con la complicidad
de los esquiroles y presta nombre como el c. Carlos Humberto Miam Pech, y del
comisariado ejidal Antonio Chan May, comisario, ejidal de dzitbalche, todos
al servicio del yucateco Manuel Rocha salina, el
“supuesto dueño” de los solares rústicos que han estado en posesión del ejido del dzitbalche
porque los ejidatarios lo han estado vendiendo y administrando por mucho
años, los venden y dan la fe pública de
otras ventas a varios ciudadanos de dzitbalche.
” el yucateco Manuel Rocha salina,
con el tráfico de influencias y actos de
corrupción de notarios corruptos quiere agenciar de los terrenos para venderlos
a monopolio keken , con la complicidad del comisariado
ejidal, que quieren hacer el negocio, para el
monopolios keken y agotar y contaminar los mantos friáticos dejando
sin agua y contaminando el agua de nuestro pueblo, y
aumentar los niveles del olores fétidos contaminante al medio ambiente del municipio de
dzitbalche .
Por lo que es necesario trascender esta
lucha de terrenos, y entrar a la lucha por el derecho de los pueblos indígenas mayas
a decidir las infraestructura y el derecho al cuidado al medio ambiente, de territorio,
por lo que ay crear el comité de pueblo indígenas maya a la consulta
de todos el pueblo.para solicitarles que
organicen por las autoridades como el INPI , SAGARPA ,
CONAGUA, CNDH, LA CONSULTA AL PUEBLO PARA SABER SI ESTAN DE ACUERDO ..
esto conforme a los siguientes artículos .133,40,41,87,97 párrafo
sexto y septimo y el art. ,2, de la constitución, el art. 6 y 7 del convenio 169 de la organización
internacional del trabajo ( OIT), y el
art. 2 de
Ley
del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. INPI y que pueda ejercer su facultad de
instancia técnica de consulta. hoy INPI señalan
el reconocimiento de los pueblos indígenas como interlocutores corresponsables
en la toma de decisiones respecto de las políticas y programas que conciernen
directamente a su desarrollo integral. Y los art. 3,19,
26, numeral ,1,2,3, de la Declaración de
las naciones unidas sobre el derecho de los pueblos indígenas y el control de
convencionalidad y constitucionalidad.
Comité promotor de la consulta de pueblos indígenas maya


Comentarios
Publicar un comentario